REGLAMENTO INTERNO de la CJI


1. La Coordinadora de Juventudes de Izquierda (CJI) se constituye con el objetivo de promover la participación activa de la Juventud progresista en espacios de unidad e incidencia nacional (FRENVIDAS, CPS y otros).

2. La finalidad de la CJI es convocar, reunir y organizar a la Juventud progresista peruana, para plantear una salida programática y lograr el cambio social.

3. Son miembros de la CJI; las juventudes de organizaciones sociales, culturales, políticas, estudiantiles, etc. que coincidan con los fines y manifiesten su adhesión. Se considera 2 tipos de miembros: los ACTIVOS (participan en las actividades y reuniones con una regularidad mínima del 25% en los últimos seis meses y cumplen con las cotizaciones acordadas; tienen derecho a votar en deliberaciones y ser elegidos en la Directiva) y los INACTIVOS (participan con una regularidad menor al 25% en los últimos seis meses; no se les considera en el quórum; pueden asistir y opinar en las reuniones). Un miembro INACTIVO pasa a ser ACTIVO, si tiene como mínimo un 70% de asistencia a las reuniones en los últimos tres meses. Los miembros activos podrán solicitar licencia como máximo 2 meses; cumplido el plazo, se les considerará miembros inactivos.

4. Para la incorporación de nuevas organizaciones a la CJI deben ser propuestas por dos miembros activos y aprobado por mayoría simple del quórum. A las nuevas organizaciones que se están incorporando se les considerará miembros activos.

5. La CJI es una instancia nacional; por lo que, se debe propiciar la conformación de comités regionales y locales; en particular, para incidir en las jornadas de lucha que se acuerde participar.

6. Las organizaciones integrantes de la CJI deben acreditar a sus delegados nacionales - titular y alterno. Los delegados tendrán –como máximo- 35 (treinta y cinco) años de edad. Para las deliberaciones, se considerará un voto por organización.

7. Para la toma de decisiones, el quórum en las reuniones de la CJI es la asistencia mínima del 50% del total de miembros activos.

8. Las reuniones ordinarias serán cada dos semanas; procurándose que el lugar sea rotativo entre los locales de las organizaciones integrantes de la CJI. Se llevarán a cabo reuniones extraordinarias, cuando lo convoque el Coordinador General o si es planteado por los dos tercios del total de miembros activos de la CJI.

9. La vocería de la CJI -en actividades públicas (movilizaciones, plantones, mítines, conferencias, etc.) en las que se decida participar- es rotativa entre los miembros activos.

10. Se exige a todos los integrantes, el empleo de elementos distintivos de la CJI (banderola, volantes, etc.) en las jornadas de lucha y actividades públicas en las que se decida participar. Así mismo, deben apoyar en la difusión de los Pronunciamientos (vía Internet y distribución de Boletines gráficos).

11. Las organizaciones integrantes de la CJI, en forma obligatoria, contribuirán económicamente en las actividades que se organice.

12. Debe prevalecer entre los integrantes de la CJI: el respeto mutuo, la cordialidad y solidaridad.

13. A efectos de centralizar y agilizar las diversas labores y gestiones descritas, se nombrará una DIRECTIVA con los siguientes integrantes: Coordinación General, Comunicaciones y Economía. Se promoverá la representación femenina en la Directiva. Estas funciones serán ejercidas por un periodo de seis meses; pudiendo renovarse.

14. Para ser elegido miembro de la Directiva de la CJI, se exige un número de votos igual o superior al 50% del quórum; no deben haber sido sancionados anteriormente y/o tener deudas económicas al momento de la elección, así mismo, los delegados de las organizaciones postulantes deben tener como máximo la edad de 35 años al momento de la elección. En el caso específico de la elección del Coordinador General, requiere un número de votos igual o superior a los dos tercios del quórum.

15. Entre las funciones principales del Coordinador General, figuran: a) Representar a la CJI ante espacios externos –nacionales e internacionales. b) articular a la CJI con campañas nacionales e internacionales de protesta social, movilización y luchas populares; c) convocar e invitar a organizaciones juveniles para que se integren a la CJI; d) Responsable de la convocatoria a las reuniones de la CJI, pudiéndose delegar la conducción de las mismas a otros miembros de la Directiva; e) Responsable de la centralización de las Actas de las reuniones.

16. El Secretario de Comunicaciones tendrá como función principal encargarse de la difusión (notas de prensa, vía Internet, boletines, volantes, etc.) de los Pronunciamientos y Actividades en las que participe la CJI y sus integrantes.

17. El Secretario de Economía tendrá como funciones principales centralizar la información de los ingresos y egresos de la CJI; encargarse de cobrar las cotizaciones por cada actividad, y; proponer la realización de actividades económicas. Así mismo, se encargará de llevar la asistencia de los miembros de la CJI a las reuniones; proponiendo al Pleno el monto de la multa para las tardanzas e inasistencia no justificadas previamente.

18. Si se incumple con los preceptos y deberes estipulados en el presente Reglamento, el Pleno de la CJI tomará las medidas disciplinarias correspondientes de acuerdo a la gravedad del caso. Las sanciones consistirán en llamado de atención si es leve; si es reiterativo suspensión. Se considerarán como precedentes los casos ya sancionados por la CJI en situaciones anteriores.

19. Para el cambio de la denominación del espacio CJI a otro nombre, requerirá aprobarse con una votación mayor al 50% del quórum.

20. Para modificar el presente Reglamento se requerirá aprobarse con una votación mayor al 50% del quórum.

21. Lo no previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el pleno de miembros activos de la CJI.

Lima, 06 de octubre de 2009.